Honduras firmó la Declaración Americana sobre los Derechos y los Deberes del Hombre, y en 1977 ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La suspensión de Honduras del ejercicio de su derecho de participación en la Organización de los Estados Americanos (OEA), decidida por la Asamblea General Extraordinaria de la OEA a través de una resolución adoptada el 4 de julio de 2009, no modifica las obligaciones contraídas por Honduras al firmar la Declaración y la Convención. De hecho, en esta resolución la Asamblea General resolvió:
“Reafirmar que la República de Honduras deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la Organización, en particular en materia de derechos humanos, e instar a la Comisión Interamericana de Derechos humanos a que continúe adoptando todas las medidas necesarias para la tutela y defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Honduras”.
Asimismo, el artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana, donde se establece el procedimiento de suspensión de un país miembro ante la ruptura del orden democrático, establece que: “El Estado Miembro que hubiera sido objeto de suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la organización, en particular en materia de derechos humanos.”
Desde el golpe de Estado, la CIDH ha otorgado medidas cautelares para proteger la vida y la integridad de personas que se encuentran en riesgo, y ha solicitado información sobre múltiples situaciones preocupantes. Las autoridades de facto enviaron el 3 de julio de 2009 una respuesta que la CIDH considera insuficiente.
La Comisión continuará dando seguimiento a esta medida, procesando las peticiones y los casos en trámite, estudiando y decidiendo sobre nuevas denuncias y solicitudes de medidas cautelares y dando seguimiento constante a la grave situación que atraviesa el país.
La Comisión Interamericana lamenta profundamente la muerte de Isis Obeth Murillo y las personas heridas durante la represión por parte de las Fuerzas Militares contra la manifestación del 5 de julio de 2009 en el aeropuerto de Toncontín. Adicionalmente, la Comisión está preocupada por la información recibida según la cual existirían casos de reclutamiento forzoso al Ejército de Honduras tras el golpe de Estado.
En esta misma línea, la Comisión reitera su solicitud del 30 de junio último de realizar una visita a Honduras con el objeto de verificar a la brevedad la vigencia de los derechos humanos en el país tras el golpe de Estado del 28 de junio de 2009.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún país en particular y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA.
Enlaces Utiles:
Medidas Cautelares otorgadas por la CIDH en 2009
Carta enviada por las autoridades de facto de Honduras a la CIDH en respuesta a la MC 196(09 files/Honduras ) Respuesta Medidas Cautelares – 3jul09.pdf
Comunicado de Prensa No. 42/09: CIDH condena enérgicamente golpe de Estado en Honduras
Comunicado de Prensa No. R 44/09: Relatoría Especial para la Libertad de Expresión condena limitaciones a la libertad de expresión en Honduras
Comunicado de Prensa No. 45/09: CIDH solicita visitar Honduras, otorga medidas cautelares y pide información
Comunicado de Prensa No. 47/09: CIDH expresa preocupación por suspensión de garantías en Honduras y amplía medidas cautelares
Convención Americana sobre Derechos Humanos
Oficina de Prensa de la CIDH
Sitio Web de la CIDH