HRW expresa su preocupación por las «denuncias creíbles» de abusos por parte de las fuerzas de seguridad

Estos abusos incluyen el “uso excesivo de la fuerza, detenciones arbitrarias y actos de censura”. También indica la preocupación de la organización por el decreto de estado de excepción aprobado por el Congreso Nacional de Honduras ayer, “que suspende derechos fundamentales y podría servir de pretexto para que se cometan más abusos en los próximos días”.
En cuanto a la delegación de la OEA que viajará a Honduras en los próximos días, encabezada por el propio Insulza, HRW indica que debería “intentar poner punto final al golpe y restaurar el estado de derecho en ese país”. Sin embargo, considera que es fundamental que también “impulse a los funcionarios que en la actualidad ejercen el poder en Honduras a que respeten plenamente las garantías fundamentales hasta que se resuelva la crisis democrática en el país”.

AGRESIONES CONTRA LOS MANIFESTANTES
Según los defensores de Derechos Humanos locales, en los últimos dos días las fuerzas de seguridad hondureñas han herido y detenido en forma arbitraria a varios manifestantes. El 29 de junio las fuerzas de seguridad habrían detenido en Tegucigalpa a 91 personas, 14 de las cuales resultaron heridas, según la ONG.

Los detenidos fueron retenidos durante horas sin que se les formularan cargos en su contra y se los liberó más tarde ese mismo día, añade el texto. El 30 de junio, las fuerzas de seguridad habrían detenido también a seis personas y supuestamente hirieron a otras siete que participaban en una manifestación pacífica en el municipio de El Progreso. Los seis detenidos fueron acusados del delito de “rebelión” y liberados en forma condicional al día siguiente, indicó HRW. Tres de los manifestantes heridos aún se encontraban hospitalizados ayer por la tarde.

También afirma haber recibido denuncias creíbles de aparentes actos de censura contra medios de comunicación, incluida la supuesta detención del caricaturista Allan McDonald y de su hija de 17 meses; la detención temporal de los corresponsales de TeleSUR, Adriana Sivori, Larry Sánchez, María José Díaz y Freddy Quintero, y la incautación de sus notas y equipos; la clausura temporal de Canal 8, una estación de televisión estatal (desde el domingo por la mañana hasta el lunes por la noche) y de Radio Progreso (desde el domingo por la mañana hasta el martes por la tarde).

Asimismo, ha habido denuncias acerca de la clausura de Canal 36, una estación de televisión privada que también fue supuestamente cerrada desde el domingo por la mañana y que el miércoles por la mañana continuaba fuera del aire; y la interferencia en la transmisión de los medios internacionales Telesur y CNN en Español, así como la prohibición para que Radio Globo emitiera su señal.

ESTADO DE EXCEPCIÓN
En especial, expresan su preocupación por estado de excepción decretado por el Congreso Nacional de Honduras el miércoles y que autoriza la suspensión temporal de derechos básicos, como los derechos a la “libertad personal”, la libertad de asociación, la libertad de circulación, y las protecciones contra las detenciones arbitrarias.

El derecho internacional reconoce que los Estados pueden suspender algunas garantías, pero solo en circunstancias excepcionales, como en caso de guerra, de peligro público, o de otra emergencia que amenace la independencia o la seguridad del Estado. Además, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados establecen que algunos derechos nunca pueden suspenderse, tales como el derecho a la integridad personal y las garantías judiciales básicas.

Dada la información que hemos recibido en los últimos dos días sobre la comisión de abusos graves, “nos preocupa que exista un riesgo real de que la suspensión de estos derechos pueda utilizarse para perpetrar otras violaciones de los Derechos Humanos”, añade la misiva.
Por ello, instan a Insulza a que aborde este tema directamente con los representantes del Congreso Nacional de Honduras y con el gobierno de facto. De conformidad con el artículo 27 de la Convención Americana, estos funcionarios tienen la obligación de informar “de inmediato” al secretario general de la OEA sobre “las disposiciones cuya aplicación haya suspendido, de los motivos que hayan suscitado la suspensión y de la fecha en que haya dado por terminada tal suspensión”.

Además de insistir en que los funcionarios hondureños cumplan con esta obligación, “lo exhortamos a que examine minuciosamente el contenido del decreto a fin de determinar si es compatible con el derecho internacional”. En especial, debe condenarse de “forma categórica” cualquier intento de suspender derechos “inderogables”.
En particular, debería recordárseles claramente a las autoridades que los actos de tortura, el trato inhumano o degradante y las desapariciones forzadas están absolutamente prohibidos y pueden ser investigados como crímenes internacionales, indicó Human Rights Watch.

Por último, “deben analizarse con cuidado los motivos para suspender cualquier derecho”. Si no existe una amenaza clara al orden público y a la seguridad en Honduras, no podría interpretarse razonablemente que las manifestaciones políticas pacíficas justifican la suspensión generalizada de derechos fundamentales, concluye la carta.

02 de julio de 2009

Fuente Europa Press

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