Empresas no pueden obligarte a conocer a Elisa

LA mayoría tememos la práctica de cualquier examen clínico, pero quizás a prueba que más hace temblar a los hombres y mujeres es la que se utiliza para saber si una persona está contagiada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), el cual ocasiona el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
Honduras registra más casos de personas viviendo con VIH-SIDA en Centro América. Según datos oficiales unas 20 mil familias están siendo afectadas por la enfermedad la más vulnerable es la población entre los 20 y 35 años. Significa que la mayor parte de la población trabajadora está en riesgo de contagiarse de la enfermedad.
El SIDA se inicia con el contagio del virus, el VIH. Hasta que no se presenta una infección no se puede hablar de la enfermedad o sea del SIDA y esta situación complica su detección. En realidad los síntomas del SIDA pueden tomar años en desarrollarse, pero el VIH es detectable a los tres meses de contagiarse, aunque la persona no presente ningún malestar.

¿QUIÉN ES ELISA?
En Honduras la prueba de ELISA es la primera que se hace porque resulta barata, sencilla y da resultados confiables. Si la prueba de ELISA sale negativa, no se hacen más pruebas. Cuando sale positiva, es preciso practicar otro examen, ya sea la IFA o la Western Blot para confirmar los resultados.
Tanto en los centros de atención pública como privada se realizan dos veces la prueba ELISA si el primer resultado es positivo. Si las dos pruebas adicionales son positivas, entonces debe administrarse una prueba confirmatoria .Solamente cuando esta prueba da igual resultado se considera definitivamente positivo. En los laboratorios se sigue este procedimiento, así que los resultados que reciben los pacientes son totalmente confiables.


LA EMPRESA NO PUEDE OBLIGARTE A HACERTE EL EXAMEN

La Ley Especial de SIDA establece en el artículo 58 que la realización de pruebas de sangre para detectar el VIH, sin el consentimiento de la persona, implica una violación al derecho de la intiue resulte infe ulo 60 de esta ley, i instituciones de la salud” atiendan a personas que viven con VIH”>VIHSIDA, están en la obligación de guardar confidencialidad; aunque también establece en el artículo 74 que es un deber de la persona comunicar de su condición a sus parejas.

La Ley Especial del VIH-SIDA tiene vigencia desde 1999. Ya existen espacios donde los y las hondurenas pueden denunciar cualquier práctica obligatoria de estos exámenes, así como cualquier acto de discriminación.
La realización de estos exámenes es importante porque ayuda al tratamiento efectivo del VIH-SIDA, pues las personas que saben que tienen el virus pueden comenzar a recibir tratamiento médico temprano, y también los resultados pueden ayudar a una persona a evitar comportamientos de alto riesgo.
De igual manera existen algunos aspectos negativos puesto que las personas que resultan ser positivas pueden deprimirse y tener mucha ansiedad. Siempre hay que tener presente que aunque alguien tenga que vivir con el SIDA, la sociedad debe reconocer sus derechos y sobre todo recordar que muchas personas en el mundo y en Honduras han logrado ganarle la batalla al VIH”>VIH SIDA.

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