Vigilar el cumplimiento del acuerdo del salario mínimo y sancionar a los empresarios que incumplan, exige CODEMUH

1. Nos sorprende escuchar a empresarios (as) su preocupación por el enorme desempleo que existe en el país, ¿Desde cuándo muestran preocupación por el bienestar de los empleados y empleadas?

*2. * En años anteriores, cuando las decisiones gubernamentales han favorecido a los empresarios, estos no han hecho fila para imponer recursos ante la Corte Suprema de Justicia, ni han hecho campañas masivas en contra de las decisiones del gobierno. Hoy cuando el decreto antes mencionado favorece de alguna manera a la población trabajadora, los representantes del Consejo Hondureño de la Empresa Privada COHEP, llaman abiertamente al sector empresarial a poner Recursos de Amparo y a pactar con las trabajadoras/es un salario menor al establecido en el acuerdo ejecutivo No. STSS 374 STSS 2008 ya en vigencia, asimismo el Código del Trabajo en su artículo 3 dice:
“Son nulos de pleno derecho todos los actos o estipulaciones que impliquen renuncia, disminución o tergiversación de los derechos que la Constitución, el presente código, sus reglamentos o las demás leyes de trabajo o previsión social que otorguen a los trabajadores, aunque se expresen en un contrato de trabajo y en virtud de trabajo u otra pacto cualquiera”.

*3. * La Secretaría del Trabajo y Previsión Social debe vigilar el cumplimiento de dicho acuerdo ejecutivo y sancionar a los empresarias/os que incumplan el mismo.

*4. * Asimismo debe investigar a aquellas empresas que están anunciando despidos masivos de trabajadoras y trabajadores, poniendo como excusa el ajuste al salario mínimo ya que éste no es causal de despido.

*5. * Demandamos al Presidente de la República, Manuel Zelaya Rosales a que incluya a la industria maquiladora en el Acuerdo Ejecutivo sobre ajuste al salario mínimo.

Al dejar al sector maquilador al margen de dicho acuerdo, se vuelve excluyente y discriminatorio, este es contradictorio ya que en uno de sus considerandos hace mención al artículo 381 del Código de Trabajo vigente que literalmente dice: “Salario Mínimo es el que todo trabajador tiene derecho a percibir para subvenir a sus necesidades normales y las de su familia, en el orden material, moral y cultural.

Hacemos un llamado a todas las trabajadoras/es de las empresas maquiladoras para que demanden ante el Presidente de la República, la inclusión del sector maquilador en el Acuerdo Ejecutivo de ajuste al salario mínimo 2009.

“Empleo Sí, pero con Dignidad”

San Pedro Sula 19 de enero de 2009
Colectiva de Mujeres Hondureñas CODEMUH

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