Abusivos y violatorios al Código de Trabajo son los contratos temporales que firman cada dos meses las trabajadoras y trabajadores de la empresa Ríos Garments, ubicada en el parque industrial ZIP Río Blanco en San Pedro Sula
Para el caso las obreras que hacen labores manuales y el personal de aseo no gozan de la protección del Seguro Social y ningún otro beneficio que establece la ley por tener contratos temporales. El artículo 25 del Código Trabajo dice que “En todo contrato de trabajo individual deben entenderse incluidos, por lo menos, las garantías y derechos que otorguen a los trabajadores la Constitución, el presente Código, sus reglamentos y las demás leyes de trabajo o de previsión social”.
Según varias obreras hace tres meses esta fábrica le pertenecía a coreanos y ahora los dueños son gringos y adoptaron el mismo sistema. En esta empresa confeccionan chumpas de la marca American Eagle.
En la jornada normal diurna trabajan 11 horas desde las 7 y media de la mañana hasta las 6 y media de la tarde, es obligatorio laborar extras, trabajan de lunes a domingos, el sábado y domingo trabajan hasta las 4 de la tarde. Tiene jornadas nocturnas de 12 horas en el área de empaque, comienzan de 7 de la noche a las 7 de la mañana.
La ley laboral en el articulo 322.- La jornada de trabajo diurno no podrá exceder de 8 horas diarias y cuarenta y cuatro (44) a la semana, equivalentes a cuarenta y ocho (48) de salario. La jornada ordinaria de trabajo nocturno podrá exceder de seis (6) horas diarias y treinta y seis (36) a la semana.
Se quejan de los malos tratos de los mandos intermedios, los supervisores Carlos y Melvin les gritan y les exigen meta, no les pagan temprano, como una manera de presionarlos a quedarse mas tarde. Si no pueden o no quieren quedarse horas extras los despiden.