Empresarios deben pagar los 5500 lempiras de salario mínimo determina CSJ

El rompimiento en las negociaciones del salario mínimo por parte de la comisión tripartida integrada el gobierno, obreros y empresa privada, dejó libre el paso para que el Presidente de la República, decretara el incremento salarial. El Decreto Ejecutivo cayó como balde de agua fría, porque los empresarios no esperaban que el aumento alcanzara un 60% como sucedió.

El ajuste salarial causó revuelo en el empresariado y de inmediato iniciaron acciones para impugnar la decisión gubernamental. La Corte Suprema de Justicia recibió un total de 457 recursos de amparo de los cuales quedan pendientes de resolver 424, de los cuales solo 31 no corresponden al COHEP.

“El COHEP en ningún momento demostró la vulnerabilidad de los derechos invocados en perjuicio de sus poderdantes (las empresas), por cuanto no lograron acreditar el perjuicio que en sí les provocaba el acto impugnado”, señala la resolución judicial.

El Decreto de Salario Mínimo tiene vigencia desde el primero de enero pasado y las empresas que todavía no lo pagan tendrán que hacerlo efectivo de manera retroactiva. Las centrales obreras y el gobierno, anuncian operativos con el fin de verificar el cumplimiento, mientras el Ministerio del Trabajo deben penalizar a los infractores.

German H. Reyes R.
Gerey1@ yahoo.com

Comun Noticias, Jueves, 30/04/09

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