PRIMA INDUSTRIES de vacaciones forzadas

La medida fue aceptada por el sindicato de trabajadores quienes se reunieron con el Gerente General Kim Jo Joong y el asesor legal y gerente de Personal Carlos Ramón Lagos.
La empresa, ubicada en el municipio de Choloma, se comprometió a pagar ese tiempo de vacaciones.

Por parte del sindicato participaron en la reunión la Presidenta Lourdes Vigil, la Vicepresidenta Sonia Pineda, la Secretaria General Dora Rosales, Maria Ramos y Marvin Ávila.

“EI sindicato en conjunto ha decidido respetar la decisión tomada por la empresa de irnos de vacaciones, solo esperamos de que la empresa nos cumpla con el pago”, dijeron los dirigentes.

En este periodo la empresa funcionó con 75 empleados. Señala que de esta forma se evito solicitar una suspensión temporal de labores sin goce de salarios y que ha respetado los artículos 345, 346 y 348 del Código del Trabajo los cuales se refieren al tiempo que corresponde de vacaciones, la forma de pago de las mismas y a la potestad del patrono de determinar cuando dar las vacaciones.

Sin embargo, se ignora el articulo 100 del Código del Trabajo donde se establece que si la falta de materia prima es imputable al patrono, todos los días que dejen de laborar deben ser pagados los salarios correspondientes, como si estuvieran laborando.

La pregunta es ¿porque razón la empresa se quedo sin materia prima? Si es algo que pudo ser prevenido. Si es responsabilidad del patrono, no puede ser alegado como una causa para suspender labores sin goce de salario.

La consecuencia ahora será que las obreras y obreros de PRIMA INDUSTRIES seguramente no gozaran de vacaciones al final del año como acostumbran todas las empresas maquiladoras.

Fuente: Vida Laboral Edic. # 10 Noviembre 2002



Dejar una respuesta