– Si observas que la fábrica comienza a despedir trabajadoras, justificando reducción o reestructuración de personal. – Si dejan de producir algunas líneas. – Si reducen las metas de producción. – Si comienzan a sacar maquinaria y equipo. – Si van cerrando algunos departamentos,
¡Entonces podes sospechar que la empresa quiere cerrar o suspender operaciones…!
¿Qué debes hacer cuando la maquila donde trabajas, piensa cerrar permanentemente?
– Debes hablar de tus sospechas con otras compañeras de trabajo. – Debes organizarte para ir a la Secretaría de Trabajo a plantear tus preocupaciones y a solicitarles que hagan una investigación. – Pueden ir en grupo a alguna de las organizaciones de derechos humanos o de defensa de los derechos de las mujeres que existen en la zona. – Si estas sindicalizada, debes plantear tus preocupaciones al sindicato.
Si los dueños de la empresa donde laborabas se marcharon de manera sorpresiva dejándote sin el pago de tus derechos laborales, debes tomar las siguientes medidas:
– Solicitar de inmediato al Ministerio del Trabajo la presencia de un inspector para que constate que la empresa ha cerrado sin previo aviso. – Organizarse y asegurar que sean las trabajadoras(os) las que asuman el control de la situación, no permitir que ni supervisoras, secretarias, ni cualquier otro personal de confianza de la empresa, intente asumir el mando. – Evitar que la maquinaria, materia prima y producto elaborado salga de la empresa, salvo que personal de los Juzgados, plenamente identificada y con orden judicial, se presente a retirarla.
-Buscar asesoría y acompañamiento legal para demandar el pago de prestaciones laborales.
Una vez que la empresa se ha ido sin pagar tus prestaciones, tienes derecho a reclamar legalmente lo siguiente:
• Pago de auxilio de cesantía y el pre aviso
• Pago de vacaciones, no tomadas
• Pago de salario hasta el día del cierre
• Pago de maternidad y lactancia
Si te informan que el cierre de la empresa es temporal debes hacer lo siguiente:
– La empresa debe informarte de la suspensión en un plazo de 30 días. Inmediatamente debes acudir al Ministerio de Trabajo a verificar si la empresa ha solicitado la autorización de suspensión de contratos. – Si no crees en lo que dice la empresa sobre las razones de la suspensión, entonces debes buscar una organización de derechos humanos o de defensa de los derechos de las mujeres para que te den el apoyo legal que necesitas para garantizar el respeto de tus derechos. – Debes mantenerte en contacto permanente con tus demás compañeras y solicitar información sobre las gestiones o trámites que realiza tu apoderado(a) legal.
Debes saber que:
– Algunas veces la Secretaría de Trabajo rechaza la solicitud de suspensión de la empresa. Esto significa que deben pagarte el tiempo que no trabajaste – Además, ninguna suspensión puede ser mayor de 120 días, o sea 4 meses.
Esta información se realizó con el apoyo del Centro de Derechos de Mujeres, CDM
Fuente: Vida Laboral Edic. # 6. Dic. de 2001