Los derechos conquistados por la clase trabajadora durante mas de cien años estad amenazados por la aplicación del modelo neoliberal y la globalización económica empresarios y gobiernos abogaban por eliminar esas conquistas y para ello necesitaban cambiar las reglas en las relaciones laborales y promueven la llamada FLEXIBLIDAD LABORAL.
Compartimos algunos apuntes de la investigación “discusión y aplicación de la flexibilidad laboral en Centoamerica”realizada en el año 2000 para conocer casos concretos de aplicación en esta región, como ha evolucionado y aportar elementos a los trabajadores para enfrentarla.
¿QUES FLEXIBLIDAD LABOLRAL?
La flexibilidad laboral consiste en libertad del empresario para contratar y disponer de la fuerza de trabajo a su antojo. Busca eliminar todas aquellas reglas de carácter laboral, que impiden el libre funcionamiento del mercado y de la organización del trabajo, en su beneficio.
Entre las formas analizadas están la flexibilidad en el mercado de trabajo, en la duración del trabajo, en el proceso productivo, de la tecnología, organizacional o funcional, en la navegación colectiva, unilateral y en el sistema de relaciones industriales.
¿QUIENES IMULSAN LA FLEXIBILIDAD Y COMO LA JUSTIFICA?
La flexibilidad laboral es impulsada y defendida por la mayoría de los gobiernos y los empresarios de América Latina y esta apoyada en la misma ideología que respalda la globalización: el neoliberalismo . Para el neoliberalismo en el mercado todos (as) somos iguales y nos relacionamos como iguales, de manera que no tiene por que no tiene que existir condiciones para algunos (as) principalmente para los trabajadores y las trabajadoras.
CAMBIO LAS LEYES LABORALES
Los empresarios consideran que existen reglas que hacen que las relaciones laborales sean muy rígidas y encarecen los costos de producción y refiriéndose a los códigos de trabajo y además las leyes relacionadas.
Presiona para que las relaciones laborales, y en general el trabajo, semejen libres, son regulados por oferta y la demanda. Ellos quieren que no exista salario mínimo, contratos colectivos, continuidad, y estabilidad laboral ni límites de jornadas laborales y que el despido sin causa se pueda realizar sin costo alguno.
Con flexibilidad cambian los principios protectores del derecho labora, que concibe alos trabajadores como parte mas de vil de la relación del trabajo, y que por lo tanto merece mejor protección. La nueva forma de ver la relación laboral basada en el principio de la “autonomía voluntad”, o “libre decisión”, de empresarios y trabajadores (as) que determinan las condiciones de trabajo. El empresario y la parte trabajadora se asumen en el neoliberalismo con igualdad de oportunidades y trato.
La flexibilidad laboral no pretende eliminar completamente las regulaciones de trabajo, si no solo los derechos y protecciones que existen para el sector trabajador. Los empresarios quieren adecuarlas a sus necesidades, que son las de producción y del mercado.
ALGUNAS FORMAS DE FLEXIBILIDAD LABORAL
I.-flexibilidad en el Mercado de trabajo
Con la flexibilidad en el mercado laboral, la estabilidad en el trabajo sufre un deterioro. Si no hay estabilidad, ósea permanecías también se efectúan otros derechos laborales como las vacaciones, el aguinaldo, los feriados, elreconomiento de antigüedad, la censaría, los derechos de pensión y otros.
Identificándonos dos formas de flexibilidad en el mercado de trabajo: numerica y salarial Flexibilidad numérica el empresario podrá contratar sin ninguna limitación a los trabajadoras que desee nada más que por el tiempo necesarios, para poder sacar su volumen de trabajo y cumplir con las necesidades de producción. El empresario podrá realizar contratos por tiempo determinado (por tiempo fijo o por obra terminada), aumentar los periodos de prueba y despedir mas fácilmente a sus trabajadores(as).
El trabajo a tiempo parcial es una forma de flexibilidad numérica por que es una jornada de trabajo con menos horas disminuye el salario de las trabajadoras. En una media jornada le pagan la mitad, pero pueden producir mas o igual si se cumpliera una jornada completa
Ejemplos:
Argentina: desde1974, la “la ley de contratos de trabajo” establéese contratos a plazo fijo, de temporada y eventuales
Costa Rica: sin cambiar sus leyes, permite los trabajos por tiempo determinado y la facilidad del despido, y un reconocimiento de hecho.
Nicaragua: sin modificar su legislación, han facilitado los contratos de trabajo por tiempo determinado, incluyendo el contrato por día y la subcontratación
Panamá: hay amplio contratos por tiempo determinad, y han facilitado el despido y eliminando el reintegro; en las maquilas han llegado incluso a aumentar hasta 3 años de periodo es posible con tratar temporalmente
Flexibilidad salarial: no hay salario fijo. Se paga con base alo que produce cada trabajador (a) y de acuerdo con la jornada de trabajo. Esto significa el pago por producto, la ausencia del pago por horas extras o de otros tipos de salario (aguinaldo, vacaciones, feriados, etc.)
No se habla de aumentos de salario, sino de ajuste de acuerdo al costo de la vida, que no compensan el aumento de precios. Se permitan las “escalas salariales dobles” donde unos tiene salarios mas bajos que otros por la misma labor y desaparece el salario mínimo. Cada empresa pagara lo que quiera
La flexibilidad salarial ya se aplica en la maquila Centroamericana. No reconocen las horas extras ni las vacaciones o los aguinaldos completos, predomina una combinación entre salarios por meta, con otro incentivo, pero que introduce un control a la productividad, puntualidad ritmo y puntualidad de los y las obras. Cumplir altas metas es equiblante a trabajar en una sola jornada.
2.-Flexibilidad en la duración del trabajo
Es adaptar las jornadas de trabajo a los periodos de alta y baja productividad de la empresa. Son formas de la flexibilidad de la duración del trabajo: la reducción del a jornada del trabajo, y la reorganización del tiempo de trabajo, el contrato a tiempo parcial y las disminución de los días de trabajo manteniéndose las misma cantidad de las horas semanales.
Los flexibilidores consideran que la ley no debe de limitar la cantidad de horas extras, el trabajo nocturno, el trabajo en días feriados y domingos. Dicen que no deben de haber rigidez en los horarios que la empresa pueda estar combinando al personal para el día no hay materia prima despachan al personal, pero al llegar la materia los pueden hacer trabajar catorce horas diarias o mas, no importa que sea sábado o domingo.
Ejemplos:
Chile: mantiene jornadas de 48 horas semanales pero se permite distribuirlas según sus necesidades con jornadas de 12 a 14 horas diarias.
Panamá: permiten la modificación de horarios por necesidades de la empresa, disminuyen vacaciones o les permiten según las necesidades del empresario en las maquilas; introducen las horas extra obligatorias y permite variar las condiciones o el lugar de trabajo.
Perú: autorizan al empresario a cambiar turnos, días u horas de trabajo así como la forma de presentación de trabajo, así como la forma de presentación de los servicios, con la condición de que estos cambios sea razonables, pero tomando en cuenta las necesidades de la empresa
Honduras: se implementan los sistemas de trabajo 4×4, cuatro días de trabajo y cuatro de descanso, 4×3 y 3×3.En muchas empresas se dan las llamadas “Amanesqueras”, jornadas de hasta 24horas continuas, aunque no esta permitido por la ley.
3.-Flexibilidad en el producto
Es el cambio en el diseño y en algunas características de este, que requieren de una tecnología y de trabajadores (as) que puedan aplicar esas variaciones. Hoy estas haciendo una cosa y mañana otra.
4.-flexibilidad organizacional o funcional
Los empresarios podrán utilizar a sus trabajadoras y trabajares donde sea necesario, cuando y como quieran, sin limitaciones. Estos permiten trabajadores (as) a diferentes puestos de departamentos; cambiar la clasificación del puesto para que cada trabajador (a) puedan realizar diferentes tareas en el proceso productivo. A esto se le conoce como poli funcional.
5.- flexibilidad en la Negociación colectiva
Pretenden en algunos casos eliminar la “negociación colectiva”, como ocurre en Costa Rica con los (as) empleados(as) del sector público, y, en otros debilitar la negociación colectiva, suspenderla o adaptarla las necesidades de la producción en Panamá, por tiempo, fue prohibida la celebración de convenciones colectivas en la maquila por un periodo de cinco años.
6. flexibilidad en el sistema de Relaciones industriales*
Es la flexibilización de las grandes políticas del estado sobre el trabajo (como las políticas de empleo, salario y seguridad social) y las políticas que tiene que ver con el conflicto obrero-patronal.Una forma de esta flexibilidad es la “la flexibilidad en el marco jurídico” o la flexibilización de las leyes y normas que regulan las relaciones laborales.
Actualmente en honduras se pretende hacer revisiones del código de trabajo y a la ley del seguro social y aprobar una ley general de salarios que atentan contra contratos colectivos y los estatus profesionales.