LO QUE GILDAN NUNCA CUMPLIÓ

Carta abierta al presidente

El Progreso, Honduras, octubre de
2004
Sr. Glenn Chamandy
Presidente de la empresa Gildan
Activewear
Montreal, Canadá.
Su oficina.

Sr. Chamandy:
Nos dirigimos a usted en respuesta a una carta enviada en septiembre a nuestra dirección electrónica por el señor Rafael López, representante de Gildan en Centroamérica, y motivados por declaraciones suyas publicadas a finales de octubre en medios de comunicación hondurenos donde afirma “Creemos que la responsabilidad social es un factor clave para nosotros”. No estamos de acuerdo con las aseveraciones de Gildan y queremos aportar alguna información, que los medios comerciales de comunicación en Honduras se empeñan en ocultar, para demostrar porqué?
Gildan ha culminado su cierre de operaciones en El Progreso y su traslado a Nicaragua. Así podrá ahorrar costos al reacomodar la producción y sobretodo porque en Nicaragua se pagan los salarios más bajos de Centroamérica. De ésta manera también evade el cumplimiento de compromisos con organismos protectores de los derechos laborales de Estados Unidos (The Fair Labor Association, FLA, y la Worker Rights Association, WRC) los cuales investigaron la actuación de Gildan en El Progreso y ante los cuales se comprometió a enmendar las múltiples anormalidades encontradas.
¿Tendrá la capacidad de transparencia su empresa de confiarnos cuántos millones de dólares piensan ahorrarse cada mes al pagar en Nicaragua salarios aún más miserables que los que pagaban en Honduras?.
Violentar los derechos de los trabajadores y sobre explotarlos es característica de todas las empresas maquiladoras, unas más y otras menos, pero lo que resulta aún más molesto en Gildan es que se ufane y publicite como “la mejor maquila de Centroamérica” y su costumbre de mentir públicamente, como lo ha hecho hasta al momento del cierre de la planta de El Progreso, proyectando una falsa imagen de responsabilidad social.
Desde nuestra actividad periodística nosotros hemos comprobado que Gildan está muy lejos de ser “la mejor maquila” como lo pregona (o mejor dicho la menos peor). Desde que surgió nuestra revista hace casi cinco años, Vida en la Maquila ha recibido denuncias que indican que Gildan en El Progreso incumplió las leyes laborales de Honduras, la Constitución de la República, los Convenios Internacionales y aún su propio código de conducta que tal parecen sólo lo necesitan para impresionar a sus clientes.
Nunca vimos voluntad en Gildan para corregir los errores señalados y a los reclamos de los trabajadores respondió con castigos, despidos y amenazas hasta de impedirles trabajar en otras empresas.
Aunque sabemos que varios de los administradores hondurenos de Gildan cometieron actos irregulares por cuenta propia, creemos que las violaciones sistemáticas son política empresarial y gozaban del aval de los altos ejecutivos en Canadá, pues las mismas les fueron comunicadas oportunamente por varias instituciones.
La complicidad de las autoridades del Gobierno hondureno y de los medios de comunicación comerciales no debe hacerles pensar a ustedes que han logrado engañar a todos. Si los trabajadores aguantaban es por la gran necesidad de tener algún dinero para sobrevivir, pero sepa usted que en general los ex obreros de Gildan están concientes de los atropellos a que fueron sometidos.
Para refrescar un poco su memoria le recordamos a qué violaciones y atropellos nos referimos, basados en denuncias recibidas desde el año 2000 y publicadas en la revista Vida en la Maquila, así como en entrevistas y reuniones realizadas con cientos de trabajadores en septiembre del 2004, en el último mes que elaboraron camisetas para ustedes.

LO QUE GILDAN, NUNCA CUMPLIÓ
Transporte

(Vida en la Maquila número 5, página
3, abril de 2001)

El artículo 42 del Código del trabajo de Honduras establece que a toda persona que viva a más de dos kilómetros del centro de trabajo debe facilitársele o pagársele el transporte. Gildan nunca lo pagó. Hubo buses contratados para trasladar a los obreros, pero ellos pagaban el pasaje. Sólo a un pequeño grupo de supervisores y personal de confianza se le proporcionaba transporte gratis hasta San Pedro Sula.
Una obrera que vivía en Santa Rita, Urraco Pueblo Tela, gastaba diario 18 lempiras (un dólar), en cuatro días de turno son 72 lempiras (4 dólares) y al año resultan 3,024 lempiras (168 dólares). Para quienes laboraron cuatro años esto representa 672 dólares o sean más de 12 mil lempiras.
Nosotros empezaríamos a creer en la responsabilidad social de Gildan si asumiera el pago de ese dinero a quienes se los debe, que multiplicado por todos los trabajadores y los años que laboró Gildan en El Progreso asciende a cerca del millón de dólares.
Los maquiladores hondurenos y norteamericanos han hecho creer a la opinión pública que “las malas son las maquiladoras coreanas”, sepa usted señor Glenn Chamandy que las empresas coreanas instaladas en ZIP Continental, a 20 kilómetros de donde estaba Gildan; sí pagaban y siguen pagando cada semana el transporte a los trabajadores.

GUARDERÍAS
Código del Trabajo. Artículo 142.-Todo patrono que tenga a su servicio más de veinte (20) trabajadores queda obligado a acondicionar un local a propósito para que las madres alimenten sin peligro a sus hijos menores de tres (3) años y para que puedan dejarlos allí durante las horas de trabajo, bajo el cuidado de una persona idónea designada y pagada por aquél. Dicho acondicionamiento se ha de hacer en forma sencilla, dentro de las posibilidades económicas del patrono, ajuicio y con el visto bueno de la Inspección General del Trabajo.
Este artículo nunca fue cumplido por Gildan. Tenemos conocimiento de las maquiladoras que en otros municipios cumplen con la creación y mantenimiento de es¬os locales que en Honduras les llamamos guarderías infantiles.
Mientras, cientos de mujeres que parieron sus hijos durante fueron obreras de Gildan debieron pagar hasta 200 lempiras (11 dólares) semanales por el cuidado de un hijo, es decir mas del 25% de su salario. De esa manera durante los tres años que la obrera debió tener a su hijo o hija en una guardería financiada por Gildan, pagó de su raquítico salario alrededor de 1,300 dólares o sea unos 25 mil lempiras. ¿Estaría dispuesta su empresa a devolver ese beneficio robado a las obreras?

PAGO DELPTIMO DÍA Y DÍAS DOBLES
Las leyes establecen que los trabajadores tienen derecho a que se les pague un séptimo dia de salario por cada seis laborados, que en el caso de Honduras equivale a 44 horas semanales. Los obreros y obreras de Gildan completaban las 44 horas en cuatro días, pero la empresa nunca pagó el séptimo día de salario. De acuerdo con el precio por docena para camiseta básica y de plaqueta que estableció, al revisar los pagos semanales sólo aparece lo correspondiente a lo ganado por producción, o sea a la cantidad de docenas producidas, pero nunca el pago del día adicional semanal.
Ahora que los obreros hacen el reclamo resultan los ejecutivos con que en el precio por docena ya iba incorporado el séptimo día, lo cual significaría que siempre se mintió en cuanto al precio por docena.
Si Gildan hubiera pagado el séptimo día a sus mil ochocientos empleados, sólo en un año les hubiera entregado por lo menos 7 millones de lempiras y en los últimos cuatro años sumaría 28 millones de lempiras (un millón y medio de dólares).
De la misma manera con el sistema “cuatro por cuatro” Gildan pudo laborar todos los domingos y feriados pagando salario normal y no doble como lo manda la Ley. El ahorro aquí fue aproximadamente de cinco millones de lempiras al año (unos 275 mil dólares), lo cual suma cerca de 20 millones en los últimos 4 años. O sea que en todos los años que Gildan estuvo en El Progreso se ahorró más de un millón de dólares que hubiera tenido que pagar por laborar los domingos y feriados.

JORNADAS DE HASTA 23 HORAS
Gildan violó permanentemente la Ley al romper con la jornada laboral al producir con el sistema 4 por 4 con jornadas diarias de casi 12 horas durante cuatro días y cuatro días de descanso. Lo agravante es que con frecuencia se “pedía” a las trabajadoras laborar en los días de descanso, como horas extras pagadas.
“Hay trabajadores que aseguran que hacen hasta tres días de horas extras en una semana”, dice una denuncia llegada a Vida en la Maquila. O sea 33 horas extras en la semana, cuando el Código establece que el patrono no puede permitir a un trabajador laborar más de doce horas extras (voluntarias) en la semana (Artículo 332, Código del Trabajo).

Hubo periodos en que Gildan obligó a las obreras en el último día de su turno a laborar durante 23 horas consecutivas en las jornadas conocidas corno “amanisqueras” por que las trabajadoras amanecen en el puesto de trabajo. Para colmo al personal intermedio como supervisores y controles de calidad se les despachaba a las seis de la mañana y tenían que regresar a las nueve a entregar turno. ¿Usted nunca se enteró de esto señor Chamandy, ¿o mas bien desde las oficinas de Canadá se sugirió estas agotadoras jornadas, para entregar a tiempo los pedidos?.
También hubo casos de personas que por necesidad tenían jornadas permanentes de 11 horas y media diarias, puesto que laboraban cuatro días en la planta de El Progreso y los cuatro días que debía descansar laboraba en la planta de ZIP San José en San Pedro Sula. Es decir que no gozaban de ningún descanso a la semana. Para esto fueron cómplices los mismos trabajadores a quienes no les importaba destruir su salud con tal de lograr ahorrar algo de dinero para cubrir necesidades familiares, que era imposible lograrlo con el sueldo normal.

PROTECCION A ESTAFADORES

En Gildan de El Progreso se formaron desde su inicio unas llamadas cooperativas que en verdad fueron mafiadas dedicadas a estafar a los obreros. Por obligación alguien que comenzaba a laborar se le afiliaba a la “cooperativa” y se le deducia por planilla un minimo de Diez lempiras semanales. Algunos aceptaban cotizar hasta cincuenta o cien lempiras a la semana. La cooperativa ofrecía préstamos por los cuales cobraba intereses, pero nunca pagaba intereses por el dinero ahorrado, que pasaba del millón de lempiras (más de cien mil dólares en aquel entonces).

La cooperativa nunca se legalizó y era dirigida por personal de administración y mandos intermedios, nunca hubo una asamblea, tampoco informe económico y menos reparto de utilidades. Cuando alguien se retiraba de la empresa, con suerte recuperaba las aportaciones hechas. Además los dueños de la cooperativa imponían la compra de boletos obligatorios para fiestas y el pago se les deducía por planilla.
Producto de las denuncias se canceló el funcionamiento de la cooperativa hace dos años y muy pocos recuperaron lo ahorrado. La empresa estaba al tanto de todas las arbitrariedades pero protegió a los estafadores y a algunos mas bien los premió llevándolos como técnicos a otros países, como México, según denuncias de los trabajadores.

Esas cooperativas fantasmas funcionan en las otras
plantas que Gildan mantiene en Honduras.


SIN DERECHO A RECLAMO NI A ORGANIZARSE

Gildan siempre reprimió a quien reclamara o intentara
organizarse.
Vida en la Maquila registra despidos en abril del 2000
de trabajadores que reclamaron por días de vacaciones
en semana santa y el pago de un bono prometido. Uno
de los mejores equipos de producción llamado FLASH,
fraduado al 150 %, reclamó un día porque se les carga a más trabajo y fueron despedidos de inmediato y hasta insultados por los jefes.
Un intento de organización en julio del 2002, apoyado por la Federación Independiente de Trabajadores de Honduras FITH, fue destruido al despedir 39 de los 44 afiliados al sindicato. El 14 de noviembre se presentó la solicitud de legalización y 10 días después fueron despedidos. En noviembre del 2003 sucedió igual, otros 37 obreros fueron despedidos por participar en un esfuerzo de organización, incluyendo una obrera embarazada.
Estos hechos fueron plenamente documentados por el WRC de Estados Unidos que investigó la conducta de Gildan El Progreso. La WRC señaló a Gildan la violación de las leyes hondurenas que protegen los derechos
de los trabajadores de libre asociación y de formar sindicatos establecidos en el artículo 128 de la Constitución hondureña y el artículo 469 del Código de Trabajo.

Asimismo señala en informe presentado en julio de 2004 que hubo “violación de las Convenciones 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, ambas ratificadas por Honduras, que prohiben la discriminación antisindical incluyendo, en particular, actos calculados para “causar el despido” de trabajadores por razones de su participación en un sindicato; y disposiciones de códigos de conducta de universidades y colegios universitarios que prohiben específicamente al empleador tomar represalias contra trabajadores que ejercen sus derechos asociativos”.
Con frecuencia los ingenieros, jefes y supervisores lanzaban amenazas abiertas o veladas de que se despediría a quien intentara sindicalizarse y además no conseguiría trabajo en ninguna otra empresa maquiladora.
Sin embargo, el Ministerio de Trabajo hondureno hizo averiguaciones sobre discriminación antisindical y despidos injustos en Gildan El Progreso y no encontró ninguna anormalidad. Eso no es de extrañar. Vida en la Maquila (número 3) documentó una denuncia de que el Director Regional de Trabajo recibió un cheque por once mil lempiras, equivalente a mil dólares en aquel momento, de parte del Gerente de ZIP El Porvenir, donde estaba Gildan. Según la persona denunciante esos pagos eran frecuentes. Las autoridades no pudieron justificar el pago, pero no hubo castigo para el funcionario y el mismo continúa en el puesto.

AGUINALDOS Y PRESTACIONES INCOMPLETAS
“En el caso de Gildan de ZIP El Porvenir en El Progreso, un grupo de trabajadores denunció que las prestaciones se las calculan en base al salario mínimo, igual las vacaciones y los aguinaldos, cuando lo correcto es hacerlo en base al promedio de los pagos obtenidos en los últimos seis meses”, publicamos en la revista número 7, en febrero de 2002. Hubo mucho más denuncias como éstas. En El Porvenir, cuando los obreros reclamaban por pagos incorrectos los jefes les explicaban que el pago de aguinaldo se hace tomando como base el salario mínimo y que para calcularlo no cuentan las horas extras, bonos ni lo que se gana por producción. Es decir que cometían violación deliberada de la Ley y de paso mentían a los obreros.
Por esa razón, al anunciar el cierre de la empresa, las obreras más decididas se organizaron para garantizar que al menos les pagaran lo que les correspondía de prestaciones, para lo cual se apoyaran varias instituciones de la Coordinadora para la Protección Laboral.

ATENCIÓN MÉDICA
La atención médica fue siempre deficiente. Son muchísimas las quejas por negativas de permiso para ir a consulta con el médico. Hay varios casos de obreros y obreras que han quedado con serias lesiones producto de que no recibieron atención médica apropiada y a tiempo. Nada más se les daba analgésicos para calmar los malestares y que continuaran produciendo. Así, lo que eran enfermedades comunes se convirtieron en dolencias crónicas. Hubo muchas quejas de retrazo en la entrega de la hoja que sirve para acudir al Seguro Social, “Yo trabajé durante un año y nunca me dieron el carnet”, dice una denuncia de una trabajadora.


AUN HAY MAS

Las violaciones son muchas más: inexistencia de las comisiones de seguridad e higiene, un reglamento interno ilegal, maltrato verbal, acoso sexual del médico y jefes, despidos injustos y otros.
Por eso nosotros aseguramos que Gildan se preocupa por proyectar imagen de buena empresa, pero muy poco hace para que eso sea realidad. A propósito de publicidad sin fundamento señor Chamandy recordamos que en la revista número 4, de febrero de 2001, publicamos “Osear Benavides, gerente de Gildan en El Progreso, manifestó que actualmente gestionan la compra de un terreno en ese municipio, donde esperan construir unas 150 viviendas para igual número de obreros y obreras del sector que en la actualidad por falta de recursos no tienen acceso a una vivienda”. Las casas en El Progreso nunca aparecieron, por lo menos para las obreras. Y si asignaron los doce millones de lempiras prometidos por el gobierno de Canadá para tal proyecto no sabemos a manos de quien fueron a parar. ¿O puede indicarnos usted donde están las 150 casas?
Reiteramos, no creemos que Gildan sea la única empresa que violenta los derechos laborales, ni siquiera creemos que sea de las peores empresas maquiladoras en Honduras. Pero en verdad resulta bastante alejada de la verdad la publicidad que hace ante sus trabajadores y ante la opinión pública.
La maquila seguirá moviéndose por el mundo exprimiendo vidas para vestir bien a sus clientes y para enfrosar las cuentas de sus socios. Pareciera que los pores estamos resignados a soportar todo, por la miseria en que vivimos, pero eso no será eterno. Ojalá y quienes dicen en Estados Unidos ser solidarios con las obreras de la maquila no se queden en la simple denuncia y puedan lograr que se sancione como es debido a tras-nacionales que nos tratan como material de desecho, como lo hace Gildan.
Si acaso estuviera usted interesado en conocer más de la “herencia” dejada por Gildan en El Progreso, con gusto le facilitamos la información debida. De la misma manera le podemos proporcionar las denuncias de las demás plantas que aún operan en Honduras, donde se están cometiendo las mismas anormalidades y se roba a diario a los trabajadores los derechos que les pertenecen.
Sin más, de usted:

Equipo de Redacción Revista Vida en la Maquila

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