Los salarios mínimos deberán ser revisados por lo menos una vez al año, en el mes de diciembre, para que entre en vigencia en enero del siguiente año, tomando en cuenta la variación del promedio de inflación acumulada a diciembre”, establece el decreto 43-97.
Puede hacerse otra revisión en junio para que entre en vigencia en julio, siempre y cuando el índice de inflación acumulada en el primer semestre del año exceda del 12 por ciento, pero eso nunca se ha hecho porque las autoridades de economía manipulan la información.
Las últimas revisiones al salario mínimo no han cubierto la perdida de valor del lempira. Los supuestos aumentos son un engaño pues cada vez se compra menos con el salario.
En 1998 las centrales obreras, cuando más necesitaban los trabajadores después del huracán Mitch, aceptaron que se congelaran los salarios ese año. En los años siguientes el incremento en la práctica ha sido de alrededor del 20 por ciento.
El año pasado las negociaciones empezaron hasta finales de diciembre con la Ministra de Trabajo anterior, Rosa América Miranda, quien basada en estudios realizados por esa dependencia, planteó que el salario mínimo debía ser de 112 lempiras diarios.
Las negociaciones terminaron hasta el 9 de mayo de este año con el nuevo gobierno y el Ministro de Trabajo Germán Leitzelar fijando un aumento raquítico del 12 por ciento, lo cual deja el salario mínimo más alto en 75.50 diario y el más bajo en 43.60.
El aumento para las obreras de maquila fue de 5.53 lempiras diarios, lo cual no cubre ni el aumento de los pasajes, sin considerar que subieron todos los productos de la canasta básica. Para obtener un poco mas de ingreso las trabajadoras deben intensificar su actividad y ganar bonos o incentivos o trabajar más de las ocho horas establecidas, es decir someterse a sobreexplotación.
Para colmo el reajuste debió pagarse desde enero, pero los empresarios lo pagaron desde mayo, violentando claramente la Ley.