III marcha por la Vida PROPUESTA PARA EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA

Principios Básicos

1. La regularización, el respeto y la seguridad jurídica de la inversión de la

propiedad forestal estatal; garantizándole la posesión a grupos campesinos, comunidades, grupos étnicos y determinando sus derechos y sus obligaciones relacionadas con la protección y el manejo sostenible de los recursos forestales;

2. El manejo sostenible de los recursos forestales, hídricos, biodiversidad,

genéricos, recreativos paisajísticos y culturales, se gestionara a través

de planes concebidos en función de su categoría y los objetivos de

racionalidad, sostenibilidad, integralidad y funcionalidad;

3. El desarrollo sostenible de los recursos naturales fundamentado en la

investigación científica aplicada;

4. La conservación y protección de áreas protegidas y la vida silvestre, así

como la protección de su potencial genético y los recursos hídricos;

5. El acceso y participación de la población en el manejo sostenible de los

recursos forestales Públicos. (nacional y ejidal), de las áreas protegidas

y de co-manejo, propiciando la generación de mayores beneficios,

económicos, sociales y ambientales bajo principios de equidad;

6. La obtención de bienes y servicios ambientales que se deriven del

manejo sostenido de los recursos forestales y las áreas protegidas y de

la vida silvestre;

7. Declarar de prioridad nacional y facilitar el establecimiento del bosque, a

partir de métodos de regeneración natural, forestación y reforestación; y,

8. Declarar de prioridad nacional la transformación de la madera, para

generar valor agregado al bosque y potenciar la generación de riqueza a

través de empleo y exportaciones de producto terminado.

La Nueva Ley Forestal en sus objetivos fortalece estos principios

fundamentales y en consideración a ellos ante esta situación y sus

disposiciones generales. El Movimiento Ambientalista de Olancho MAO en

representación de los intereses de la población que participa en la tercera

Marcha por La Vida, planteamos ante el excelentísimo Señor Presidente

Constitucional de La República lo Siguiente:

1. La Conformación Inmediata de una Comisión de Transición;

Para el traspaso de La Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal (AFECOHDEFOR) al Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal (ICF) creado en La Nueva Ley Forestal Áreas Protegidas y Vida silvestre.

Justificación

Hemos luchado fuertemente por darle un nuevo enfoque al sector forestal y

para ello se plantea a través de la Ley elevar de categoría de Sub. Sector a

Sector Forestal, además del cambio de institución con el propósito de

garantizar una correcta administración los recursos forestales del País.

Creemos que es un muy necesario la instauración de una nueva institución con el personal idóneo, capaz y con alto compromiso con el País para que busque una política forestal de futuro.

Es necesario que la nueva institución oriente sus objetivos para buscar el bien común, considerando los recursos naturales de forma integral y no basado solamente en principios de interés económico.

Cuando se pensó en la creación de la nueva institución, se pensó en evitar las viejas prácticas corruptas de la actual COHDEFOR y darle una nueva imagen de transparencia y credibilidad ante los intereses de la nación.

Se han demostrado a través de informes serios la corrupción que ha imperado en el sector forestal, que va desde los sobornos, tráfico de influencias, manipulación política, ilegalidad, falta de supervisión y monitoreo en a l campo.

Por tiempos el Estado Hondureño ha pagado las demandas con recursos del Estado que le pertenecen por uso y posesión a las comunidades.

La COHDEFOR fue incapaz de ejecutar un proyecto de reinversión en el sector forestal, que demuestre resultados sostenibles y cuantificables.

Hasta hoy día, los procedimientos de elección se han manejado bajo la

dirección política partidaria favoreciendo intereses propios de personas y de grupos influyentes que han apostado a proceso de campañas políticas para recibir beneficios.

Propuesta

1. Conformar una comisión de transición que tenga solvencia moral, capacidad técnica, legal, administrativa y alto compromiso con la sociedad, para que asuma el papel de transición de La Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal (COHDEFOR) al Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal (ICF), esta comisión, debe ser integrada por personas de instituciones afines al sector forestal, con la apertura para diferentes organizaciones y sectores sociales con el firme propósito de asegurar la participación y transparencia en el proceso.

2. En aras de la transparencia y la participación ciudadana solicitamos al

Presidente de La República que se elija mediante concurso público a todo el personal que estará a cargo del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal (ICF).

Funciones de la comisión de Transición.

Buscar los mecanismos necesarios para realizar una auditoría al personal y

sobre los bienes materiales de la COHDEFOR, dichos resultados deberán

ser publicados para garantizar un proceso transparente.

Solicitar a la Secretaria de Finanzas levante un balance general de ingresos de los recursos financieros con que cuenta COHDEFOR sean estos de origen nacional o de la cooperación internacional.

Elaborar una propuesta de evaluación curricular del personal técnico y

administrativo que laborara en la nueva institución (ICF).

Desarrollar un inventario a lo interno de la institución y de los proyectos

dependientes de la misma, relacionado con planes de manejo, planes

operativos y convenios establecidos con cooperativas, municipalidades,

ONGs y otras organizaciones afines.

Apoyar la conformación de la estructura técnica administrativa del ICF, de

forma que se garantice la legitimidad y funcionamiento de la nueva

institución.

Establecer las bases para que el personal del nuevo instituto sean elegido

mediante concurso Público.

Proponer candidatos en apoyo al poder ejecutivo para el nombramiento del

director y sub. Director del ICF considerando la aplicación de artículos No.

15 de la Ley y la participación de la sociedad civil.

2 Reglamentación de La Ley Forestal Áreas Protegidas y Vida

Silvestre

Justificación

El reglamento de La Ley son los lineamientos básicos para la

Implementación eficiente de la misma en todas sus dimensiones. En el

cual se definen criterios y parámetros para la aplicación y/o sanciones

correspondientes al incumplimiento de la misma.

La participación de la sociedad está siendo limitada en el tema de la

reglamentación, por tal motivo se ha mal interpretado La Ley dejando sin

valor el articulado y los objetivos de la misma.

Se ha desconocido por diversos sectores, inclusive del forestal la

normativa de Ley, para definir y aplicar criterios objetivos y no subjetivos,

como ha sido el interés de personas ligadas a la explotación,

considerando únicamente la extracción maderera con fines económicos;

y no de acuerdo a la capacidad del bosque de generar bienes y servicios

de forma integral y sostenible .

La reglamentación de la Legislación nos permitirá unificar criterios

técnicos y científicos a nivel nacional, orientados a la sostenibilidad de

los recursos con y desde la participación de las comunidades.

La administración forestal del Estado ha sido incapaz de implantar una

política de protección y reforestación que permita y/o que garantice la

permanencia de los bosques en estructura, composición florística y

funciones ecológicas.

Propuesta

1. Que La Reglamentación de la nueva ley forestal sea elaborada con la

participación de diferentes sectores afines y/o interesados, de tal forma

que garantice e incluya los intereses de las diversas partes en pro de la

sostenibilidad de los recursos.

2. Que la reglamentación de La Ley sea socializada y consensuada

ampliamente con diferentes sectores de la sociedad, considerando las

mejores Prácticas de Manejo Forestal y el Ordenamiento Territorial

como parte de la reglamentación tal como lo señala el decreto

presidencial No 016-2007 firmado el 22 de Octubre del año 2007.

3 Que se Fortalezca el Cumplimiento del Manejo Forestal Comunitario

3.1 Reforestación justificación

Sabiendo que El país posee una gran riqueza forestal (bosque de coníferas, latifoliado y manglares), según los estudios y análisis del sector forestal, el 87.7% del territorio nacional es de vocación natural forestal; expresado en otros términos, 98,629 km2 (9,862,900 hectáreas) tienen aptitud eminentemente forestal, y como parte de los ecosistemas existentes posee una gran capacidad para la captación/producción de otros recursos de igual importancia, como ser el agua, biodiversidad, material genético, plantas medicinales, oxígeno limpio, ambiente sano y saludable, playas resplandecientes, zonas marinas y áreas protegidas con paisajes escénicos de extraordinaria belleza para su aprovechamiento turístico.

Sin embargo, la forma irracional e inmisericorde de aprovechar, o más bien

explotar dichos recursos ha propiciado la destrucción de casi un cincuenta por ciento de la cobertura boscosa en menos de seis décadas.

Propuesta

1. Respetar la vocación natural de los suelos.

2. Recuperar las áreas que están siendo utilizadas en actividades

agropecuarias no sostenibles y volverlas al uso que determina su vocación

natural.

3. Regular el pastoreo en las áreas forestales donde se utiliza esta práctica,

los planes de manejo forestal deben establecer normas, criterios y regulaciones compatibles con el manejo forestal y favorecer la regeneración y proteger las áreas forestadas, reforestadas y reconstruir las áreas degradadas.

4. Operativizar lo más pronto posible los fondos de inversión establecidos en la nueva Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre que considera:

a. Un Fondo para la reinversión forestal y fomento de plantaciones, y

b. Fondo para el manejo de áreas protegidas y vida silvestre.

La adopción y aplicación de las siguientes medidas son de capital importancia y urgencia para la puesta en marcha de los fondos de inversión.

Integrar las Juntas Administradoras de cada uno de los fondos, facilitar la disponibilidad de los recursos financieros de cada uno, determinar prioridades, normas, criterios, procedimientos y montos a invertir, diseñando y formulando las políticas y estrategias en función del interés nacional, la conservación y protección de los recursos forestales.

En el caso del Fondo para La Reinversión y Fomento de Plantaciones, se establece que el uno por ciento (1%) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de La República se destinará a la recuperación de áreas de vocación forestal degradadas o deforestadas.

En el caso de el Fondo para el Manejo de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, el Gobierno debe hacer una contribución inicial de sesenta millones de lempiras (Lps. 60,000,000.00). ? El Gobierno debe de colocar a disposición de las Juntas Administradoras correspondientes los fondos señalados e iniciar las operaciones a la brevedad posible.

5. Acelerar las negociaciones del pago por servicios ambientales, con el propósito de conservar y proteger los bienes y servicios ambientales producidos por el bosque, tales como: agua, fauna, captura de carbono, mejoramiento del clima y del ambiente, recreación y otros; de esta manera garantizar la protección de los bosques productores de dichos servicios ambientales. El Gobierno debe de actuar como facilitador para la puesta en práctica de dicho mecanismo.

6. Aplicar de inmediato las disposiciones contenidas en la nueva Ley para

incentivar la forestación y reforestación, incluyendo:

a) La protección de los bosques naturales y artificiales;

b) La protección de las cuencas y microcuencas hidrográficas;

c) Establecimiento de plantaciones energéticas, maderables y de uso

múltiple; y

d) supervisar el manejo forestal en bosques públicos y privados.

Estos términos deberán ejecutarse con la participación directa de las

comunidades desde la planificación, ejecución y monitoreo de los proyectos, vinculando de forma directa a las municipalidades y asociaciones de base; y deberá encaminarse a la recuperación de áreas degradadas por el aprovechamiento inapropiado, incendios forestales, plagas y enfermedades, cambio de uso del suelo, en las cuales el bosque de forma natural no se haya recuperado satisfactoriamente.

3.2 Protección de Bosques Contra Incendios y Plagas Forestales

Justificación

Los incendios forestales constituyen un flagelo a los bosques y a la economía del país, ya que son cuantiosos recursos naturales que se destruyen anualmente por las llamas del fuego, se estima que anualmente los incendios destruyen entre ochenta y seis mil (86,000) y ciento ocho mil (108,000) hectáreas de bosque; en términos monetarios la pérdida anual oscila entre sesenta y setenta y cinco millones de lempiras.

Además de los incendios forestales, el uso del fuego como forma de preparar el suelo en las actividades agrícolas y ganaderas es generalizado en el país con consecuencias nefastas para la estabilidad y fertilidad de los suelos, la disponibilidad y calidad del agua y del aire. Las áreas quemadas en las épocas secas, estas en las primeras y consecuentes lluvias del periodo de invierno, drenan de forma extrema, escorrentía , la que removerá y transportara cantidades de sedimentos hacia los caudales de quebradas y ríos y a su ves el componente orgánico del suelo superficial que pudo haber quedado en la superficie del suelo después de las quemas, sin duda alguna alterando negativamente la fertilidad y permeabilidad de los suelos.

Las actividades sobre la ganadería principalmente el pisoteo del ganado

compacta el suelo y degrada su permeabilidad, con impactos negativos sobre el reaprovisionamiento de los acuíferos; además del uso inapropiado e injustificado para la renovación de pastos, control de plagas, que no hacen mas que contribuir al deterioro de los suelos.

La Ley crea el Comité Nacional de Protección Forestal de Áreas Protegidas y Vida Silvestre (CONAPROFOR), con amplia participación gubernamental y cierta participación ciudadana, con el objetivo de coordinar y facilitar la ejecución de los planes contra incendios, plagas y enfermedades. Con tal propósito, declarará zonas de riesgo y peligro de plagas e incendios en terrenos públicos y privados, en donde se priorizarán y enfatizarán las actividades de prevención y combate de incendios y plagas. También la Ley crea la Unidad Especializada de Guardias Forestales.

Las municipalidades y los propietarios de terrenos forestales deben efectuar en forma obligatoria los trabajos de prevención y control de incendios y plagas forestales.

Propuesta

1. Integrar el CONAPROFOR para que antes de fines del presente año (2008) empiece a funcionar, identifique y determine las zonas de riesgo y peligro de incendios, plagas y enfermedades a nivel nacional, dándole la debida participación a las Corporaciones Municipales, Mancomunidades de Municipios, Comunidades y propietarios de bosques privados.

2. Crear tan pronto como sea posible La Unidad Especializada de Guardias Forestales, con la responsabilidad de supervisar y monitorear las actividades forestales; específicamente, el guardia forestal será responsable de inspeccionar y comprobar el cumplimiento de las medidas preventivas, combativas y reproductoras para evitar daños en los recursos naturales causados por incendios, plagas y enfermedades forestales, escombros, extracción ilegal de madera, ocupación de terrenos forestales públicos y cualquier otra actividad ilícita.

3. El ICF conjuntamente con las autoridades locales, propietarios de terrenos forestales y comunidades deberá identificar los lugares estratégicos y claves para construir y establecer torres de observación como puntos para la ubicación de incendios, plagas y enfermedades forestales, como paso importante en la ejecución de los planes de protección.

4. Aplicar estrictamente las sanciones por delitos forestales tipificados en la nueva Ley Forestal, que establece que quien cause incendios en bosques poniendo en peligro la vida o el patrimonio de otros será sancionado con reclusión de seis (6) a doce (12) años y quien causare incendio de manera culposa será sancionado con pena de seis (6) meses a nueve (9) años de reclusión según lo estipulado en el Código Penal.

5. Implementar Sistemas de producción alternativos que permitan incrementar la productividad de las áreas destinadas a estas actividades y que fortalezcan la protección y enriquecimiento de los suelos agrícolas y

ganaderos, siendo estos la plataforma de los sistemas productivos y el

patrimonio para el sustento de las familias del campo.

6. Implementar una campaña de organización y concientización con las

municipalidades y las comunidades de tal forma que se apropien de un

proceso de protección desarrollado con conciencia y no percibirlo como una actividad generadora de ingresos económicos.

7. Instruir a las municipalidades para implementar ordenanzas, dirigidas

exclusivamente a la protección de los recursos en contra de los incendios y

plagas forestales.

3.3 Uso y Transformación de Productos y Sub. Productos del Boque

Justificación

Honduras, históricamente se ha caracterizado por ser un exportador de materia prima de productos del bosque, inclusive en el aprovechamiento del árbol se han registrado grandes deficiencias, se reportan en el caso de especies de coníferas se aprovecha del cuarenta (40) al sesenta (60%) por ciento del árbol y el resto queda abandonado en el bosque como desperdicios y con frecuencia actúa como combustible que en la época seca y de intensos calores se convierte en fuentes importantes para la propagación e intensidad de los incendios forestales.

En el caso de maderas de bosques latifoliados La Ley impulsa la

industrialización de especies latifoliadas no tradicionales, observando normas de sostenibilidad, competitividad, y mejoramiento tecnológico amigable con el ambiente.

Por un corto período en la década de los años noventa, el país logró desarrollar una industria de fabricación de muebles de madera y alcanzó el segundo lugar en América Latina después de Brasil, como exportador de muebles de madera al mercado de los Estados Unidos de América, en aquel entonces eso significaba cuarenta y cinco millones de dólares ($ 45,000,000.00) anuales. La industria se sustentó en bases no muy sólidas, más bien frágiles y débiles por lo que sucumbió ante la competencia de otros países.

La nueva Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre contiene una serie de disposiciones orientadas a apoyar y fomentar la transformación e industrialización de la madera y alcanzar un óptimo aprovechamiento del árbol, incrementar el valor agregado en los procesos, incluyendo las prohibiciones de exportar madera en rollo o descuadrada proveniente de los bosques naturales de especies latifoliadas, y la creación de mecanismos de control para el transporte de productos y subproductos forestales.

La Ley dispone que el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal (ICF) apoyará a los productores artesanales en las labores de transformación de la madera y de otros productos provenientes del bosque, esta tarea debe realizarse en estrecha colaboración con las municipalidades y los Consejos Consultivos Comunitarios Forestales, Áreas Protegidas y Vida Silvestre.

Las comunidades son capaces de transformar los productos y sub productos derivados del bosque desde las artesanías hasta la transformación empresarial, para ello se deberá diseñar una política de apoyo en la inversión así como se apoyan otros sectores productivos, este proceso se facilita cuando se trata de organizaciones comunitarias y el involucramiento de las municipalidades.

Propuesta

1. Basados en el principio número ocho de la ley forestal, se propone que la

transformación de la madera para generar valor agregado al bosque y

reducir la pobreza a través de generación de empleo local, se implemente

desde y por las comunidades enclavadas en las zonas forestales.

2. Organizar y capacitar a las comunidades en entidades autogestionarias y

beligerantes que a través del apoyo gubernamental se les propicie el

desarrollo desde y con sus recursos.

3. Implementar los convenios de manejo forestal como una prioridad nacional para el desarrollo rural, a través del involucramiento directo de las

comunidades asentadas en las zonas de interés forestal.

2. Definir una estrategia de financiamiento protagonizado por el gobierno,

municipalidades y ONGs; dirigido a las comunidades, para la adquisición de equipo y maquinaria de transformación de los productos y sub productos

derivados del bosque, de tal manera que se lleven al mercado servicios, y

productos terminados.

3. Prohibir la salida de materia prima desde las áreas forestales hacia las

industrias, permitiendo a las comunidades una oportunidad de desarrollo

integral, atreves de sus recursos tanto humanos, naturales como materiales.

4. Diseñar e implementar una estrategia de mercadeo de productos terminados derivados del bosque, en coordinación con las municipalidades y comunidades involucradas, siendo estas últimas las protagonistas del desarrollo forestal comunitario.

5. Eliminar las subastas y ventas de madera en pie en los bosques nacionales y ejidales y permitir el aprovechamiento solo bajo planes de manejo forestal implementados a través de concepciones o convenios de manejo forestal comunitario.

4 Readecuación de Los Planes Generales de Manejo Forestal

Justificación

Los Planes de manejo forestal no han respondido a las necesidades del bosque y mucho menos a las necesidades de las comunidades que por décadas han vivido asentadas en aéreas provistas de grandes riquezas naturales, no se han respetado las franjas de protección de fuentes de agua, loa habitad naturales, le recuperación de las aéreas intervenidas y la participación comunitaria es excluida de los procesos de aprovechamiento y desarrollo integral.

Actualmente en el país existen grandes áreas de bosque que perdieron su

capacidad productiva, sitios que estuvieron cubiertos por bosques de alto

valor ecológico y económico hoy día están por desaparecer y convertirse en

matorrales y sabanas a consecuencia de una inadecuada preparación e

implementación de los Planes de Manejo, en los que no se considera con

responsabilidad la pendiente, tipo de suelo, capacidad productiva del

bosque, áreas de protección, especies de fauna ausencia, no se ejecutan

los planes de protección, y un aspecto de vital importancia como es el

monitoreo y la evaluación de las actividades propiamente desarrolladas en

el campo no se desarrollan.

Propuesta

1. Iniciar un proceso de revisión y readecuación de los Planes Generales

de Manejo Forestal a nivel nacional, basados en el cumplimiento de las

mejores prácticas.

2. No aprobar en el Instituto de Conservación Forestal Planes Operativos

sin antes revisar y readecuar los PGM, considerando las mejores

prácticas de manejo; para ello se deberá consideran en las mejores

practicas, la prohibición del uso de maquinaria tradicional en terrenos

con pendientes arriba del 40%, para lo cual se deberá utilizar solamente

tecnología de extracción por cable aéreo u otra de mínimo impacto, en la

que no se construyan caminos ni vías de arrastre.

3. La implementación a nivel Nacional de las mejores practicas de manejo,

previo a revisión de las mismas con aplicación inmediata.

5 Esclarecimiento y Justicia en el caso de los Compañeros Asesinados

Son muchos los líderes ambientalistas que han caído por las luchas y los casos aun duermen en el silencio, se han quedado impunes, en algunos se ha llegado a castigar a los hechores materiales, pero no así, a los intelectuales que están detrás de toda una planificación para desarticular la lucha de los movimientos sociales, sindicales y gremiales en el País.

Los últimos dos compañeros fueron asesinados en diciembre del 2006 y a la fecha todavía no se ha celebrado el juicio, los familiares de las victimas al igual que nosotros los compañeros, esperamos que sea haga justicia.

Propuesta

1. Que se realice una investigación profunda de los casos de asesinatos

en contra de los líderes de diferentes organizaciones sociales, especialmente los casos de ambientalistas asesinados en el departamento de Olancho.

2. Que se castigue con todo el peso de la Ley a los hechores materiales e

intelectuales de estos asesinatos.

3. Que se realice una investigación especial, dirigida exclusivamente a los

hechores intelectuales en cada uno de los hechos.

6 Minería Justificación

Desde hace mucho tiempo organizaciones de la sociedad civil, movimientos sociales y comunidades hemos estado en contra de la forma en cómo se ha explotando los recursos minerales del País.

Se han realizado estudios que demuestran los graves problemas ambientales y sociales que ha ocasionado la minería a cielo abierto en el País, sin embargo se continúa con esta voraz explotación.

Hay una ley que a nuestro criterio es inconstitucional pues se entrega nuestros recursos a las empresas mineras sin tomar en cuenta los riesgos ambientales y sociales que esto implica para las comunidades.

Se viola el derecho a la autonomía Municipal pues con la ley actual aunque las municipalidades estén en desacuerdo con las explotaciones de minerales en sus municipios esta decisión no cuenta tal es el caso de la Municipalidad de Juticalpa, Olancho.

Propuesta

En este punto nos unimos al planteamiento presentado por los sectores que

han estado luchando fuertemente en este tema.

7 Regularización de la Tenencia de La Tierra.

Justificación

Comprende fijación de techos previo estudio de la zona, contratos de usufructo y manejo forestal y seguridad legal de nuestras unidades productivas. Llevando a la práctica un ordenamiento territorial y regularización de la propiedad, lo que deberá orientarse a la elaboración de un mapa de la vocación de los suelos, titulación en áreas permitidas por la Ley, celebración de contratos de usufructo y, seguridad jurídica de la inversión.

Propuesta

1. La legalización de propiedades en las zonas permitidas por la nueva Ley

Forestal previo al desarrollo de un plan de ordenamiento territorial en las

áreas que comprenden el corredor biológico mesoamericano.

2. Definir los techos de esas propiedades en base a un estudio de la

tenencia de la tierra, la tradición de dominio, su tradición de uso, los

objetivos de conservación y considerando lo establecido en la nueva Ley

Forestal, en las áreas del Corredor Biológico Mesoamericano.

3. El ordenamiento territorial deberá realizarse bajo el criterio de cuencas y

sub cuencas como unidad integral de planificación a nivel nacional, con

esto se determinaría el uso de los suelos de acuerdo a su vocación y

capacidad.

Rosendo Edelvis Lanza, Carlos Hernán Zelaya, María Cabrera Alicia Díaz, Miguel Flores Heberto Menocal, Santos Paz René Wilfredo Gradis

Padre José Andrés Tamayo, José Luis Rivera.

Dado en El Municipio de Salamá, Departamento de Olancho a los veinte y

nueve días del mes de mayo del dos mil ocho.

Dejar una respuesta